enero 08, 2018

Economía Popular y Solidaria

Se trata de una forma de organización económica, donde sus integrantes, individual o colectivamente, organizan y desarrollan procesos de producción, intercambio, comercialización, financiamiento y consumo de bienes y servicios, para satisfacer necesidades y generar ingresos, basados en relaciones de solidaridad, cooperación y reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano como sujeto y fin de su actividad.1

 

RETENCIONES DE IVA Y RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IMPUESTO A LA RENTA



ASOCIACIONES:
APORTE PERSONAL:

Las retenciones deben ser parametrizables porque cambian según la voluntad del ejecutivo; el ejecutivo cambia de acuerdo a los entornos económicos sus políticas fiscales.

LOS CODIGOS DE LAS RETENCIONES DE IVA SON:

RETENCIONES
CODIGOS
CONTRIBUYENTES
ESPECIALES EPS
ASOCIACIONES EPS
RETENCIÓN DEL 10%
721
X

RETENCIÓN DEL 20%
723
X

RETENCIÓN DEL 30%
725
X
X
RETENCIÓN DEL 50%
727
X

RETENCIÓN DEL 70%
729
X
X
RETENCIÓN DEL 100%
731
X
X

https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh76H99hCfS6JCwl3P9_OslvLssHGx5vlW2xxF74zNdBaGMmVCjDrvhbvn4IDI2WXXD7N3afvlZPCpZwRnMl98B13ftv4AD9fjpsDj_0JKpp1185HDzR1qPO3aWrSlN7_nqRMU9xCZgs95o/s320/RET001.jpg




                     VENDE

Instituciones del Estado,  Empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas(contribuyente especial o no)
- Compañías de aviación;
- Agencias de Viaje por venta de pasajes aéreos;
- Distribuidores  y comercializadores de combustible derivado de petróleo;
- Instituciones del Sistema Financiero por los servicios financieros;
- Compañías emisoras de tarjetas de crédito por las comisiones que paguen sus establecimientos afiliados
COMPRA
(agente de retención)
BIENES
SERVICIOS
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
BIENES
SERVICIOS
ASOCIACIONES EPS NO RISE
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
Contribuyentes Especiales(1)
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
















Exportador habitual de bienes obligado a llevar contabilidad
(contribuyente especial o no)
Voceadores de periódicos y revistas y  distribuidores de estos productos, toda vez que el mismo es objeto de retención con el carácter de Impuesto al Valor Agregado presuntivo por ventas al detal.
Contribuyentes Especiales
Sociedad / Personanatural obligada a llevar contabilidad
(no especial)
BIENES
SERVICIOS
BIENES
SERVICIOS
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
BIENES
SERVICIOS
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
no retiene
10%
20%
30%
30%
70%
30%












Persona natural NO obligada a llevar contabilidad
Importación de Servicios Gravados
BIENES
(FACTURA)
SERVICIOS
(FACTURA)
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
LIQUIDACION COMPRA O SERVICIO
HONORARIO PROFESIONAL / DIETAS
(FACTURA)
ARRIENDO DE INMUEBLES (FACTURA)
30%
70%
30%
100%
100%
100%
100%
30%
70%
30%
100%
100%
100%
100%



ASOCIACIONES BAJO RISE NO RETIENEN *1 


RETENCIONES DE IMPUESTO A LA RENTA:
TODAS LAS ASOCIACIONES EXCEPTO LAS QUE ESTAN BAJO RISE.
¿QUÉ PORCENTAJE DEBO RETENER DEL IMPUESTO A LA RENTA EN LA COMPRA DE BIENES O ADQUISICIÓN DE SERVICIOS?


2016


DETALLE DE PORCENTAJES DE RETENCION  EN LA FUENTE  DE IMPUESTO A LA RENTA CONFORME LA NORMATIVA VIGENTE 
Porcentajes vigentes
Campo Formulario 103
Código del Anexo

Honorarios profesionales y demás pagos por servicios relacionados con el título profesional
10
303
303

Servicios predomina el intelecto no relacionados con el título profesional
8
304
304

Comisiones y demás pagos por servicios predomina intelecto no relacionados con el título profesional
8
304
304A

Pagos a notarios y registradores de la propiedad y mercantil por sus actividades ejercidas como tales
8
304
304B

Pagos a deportistas, entrenadores, árbitros, miembros del cuerpo técnico por sus actividades ejercidas como tales
8
304
304C

Pagos a artistas por sus actividades ejercidas como tales
8
304
304D

Honorarios y demás pagos por servicios de docencia
8
304
304E

Servicios predomina la mano de obra
2
307
307

Utilización o aprovechamiento de la imagen o renombre
10
308
308

Servicios prestados por medios de comunicación y agencias de publicidad
1
309
309

Servicio de transporte privado de pasajeros o transporte público o privado de carga
1
310
310

Por pagos a través de liquidación de compra (nivel cultural o rusticidad) **
2
311
311

Transferencia de bienes muebles de naturaleza corporal
1
312
312

Compra de bienes de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícula, bioacuático, y forestal
1
312
312A

Regalías por concepto de franquicias de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual - pago a personas naturales
8
314
314A

Cánones, derechos de autor,  marcas, patentes y similares de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual – pago a personas naturales
8
314
314B

Regalías por concepto de franquicias de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual  - pago a sociedades
8
314
314C

Cánones, derechos de autor,  marcas, patentes y similares de acuerdo a Ley de Propiedad Intelectual – pago a sociedades
8
314
314D

Cuotas de arrendamiento mercantil, inclusive la de opción de compra
1
319
319

Por arrendamiento bienes inmuebles
8
320
320

Seguros y reaseguros (primas y cesiones)
1
322
322

Por rendimientos financieros pagados a naturales y sociedades  (No a IFIs)
2
323
323

Por RF: depósitos Cta. Corriente
2
323
323A

Por RF:  depósitos Cta. Ahorros Sociedades
2
323
323B1

Por RF: depósito a plazo fijo  gravados
2
323
323E

Por RF: depósito a plazo fijo exentos ***
0
323
323E2

Por rendimientos financieros: operaciones de reporto - repos
2
323
323F

Por RF: inversiones (captaciones) rendimientos distintos de aquellos pagados a IFIs
2
323
323G

Por RF: obligaciones
2
323
323H

Por RF: bonos convertible en acciones
2
323
323I

Por RF: Inversiones en títulos valores en renta fija gravados
2
323
323 M

Por RF: Inversiones en títulos valores en renta fija exentos
0
323
323 N

Por RF: Intereses pagados a bancos y otras entidades sometidas al control de la Superintendencia de Bancos y de la Economía Popular y Solidaria
0
323
323 O

Por RF: Intereses pagados por entidades del sector público a favor de sujetos pasivos
2
323
323 P

Por RF: Otros intereses y rendimientos financieros gravados
2
323
323Q

Por RF: Otros intereses y rendimientos financieros exentos
0
323
323R

Por RF: Intereses y comisiones en operaciones de crédito entre instituciones del sistema financiero y entidades economía popular y solidaria.
1
324
324A

Por RF: Por inversiones entre instituciones del sistema financiero y entidades economía popular y solidaria, incluso cuando el BCE actúe como intermediario.
1
324
324B

Anticipo dividendos a residentes o establecidos en el Ecuador
22
325
325

Dividendos anticipados préstamos accionistas, beneficiarios o partìcipes a residentes o establecidos en el Ecuador
22
325
325A

Dividendos distribuidos que correspondan al impuesto a la renta único establecido en el art. 27 de la LRTI (Tabla art. 36 menos crédito tributario pro dividendos: julio 2015)
hasta el 100%
326
326

Dividendos distribuidos a personas naturales residentes
1% al 13%
327
327

Dividendos distribuidos a sociedades residentes
0
328
328

Dividendos distribuidos a fideicomisos residentes
0
329
329

Dividendos gravados distribuidos en acciones (reinversión de utilidades sin derecho a reducción tarifa IR)
De acuerdo a la tabla de retenciones del Art. 15 RALRTI
330
330

Dividendos exentos distribuidos en acciones (reinversión de utilidades con derecho a reducción tarifa IR)
0
331
331

Otras compras de bienes y servicios no sujetas a retención
0
332
332

Enajenación de derechos representativos de capital y otros derechos exentos (mayo 2016)
0
332
332A

Compra de bienes inmuebles
0
332
332B

Transporte público de pasajeros
0
332
332C

Pagos en el país por transporte de pasajeros o transporte internacional de carga, a compañías nacionales o extranjeras de aviación o marítimas
0
332
332D

Valores entregados por las cooperativas de transporte a sus socios
0
332
332E

Compraventa de divisas distintas al dólar de los Estados Unidos de América
0
332
332F

Pagos con tarjeta de crédito
No aplica retención
332
332G

Pago al exterior tarjeta de crédito reportada por la Emisora de tarjeta de crédito, solo RECAP
0
332
332H

Enajenación de derechos representativos de capital y otros derechos cotizados en bolsa ecuatoriana
0,20%
333
333

Enajenación de derechos representativos de capital y otros derechos no cotizados en bolsa ecuatoriana
1
334
334

Por loterías, rifas, apuestas y similares
15
335
335

Por venta de combustibles a comercializadoras
2/mil
336
336

Por venta de combustibles a distribuidores
3/mil
337
337

Compra local de banano a productor
1% -2%
338
338

Liquidación impuesto único a la venta local de banano de producción propia
hasta el 100%
339
339

Impuesto único a la exportación de banano de producción propia - componente 1
1% -2%
340
340

Impuesto único a la exportación de banano de producción propia - componente 2
1,25% - 2%
341
341

Impuesto único a la exportación de banano producido por terceros
0,5%-2%
342
342

Por energía eléctrica
1
343
343A

Por actividades de construcción de obra material inmueble, urbanización, lotización o actividades similares
1
343
343B

Otras retenciones aplicables el 2%
2
344
344

Pago local tarjeta de crédito reportada por la Emisora de tarjeta de crédito, solo RECAP
2
344
344A

Ganancias de capital
entre 0 y 10
346
346A

Donaciones en dinero -Impuesto a la donaciones
2
346
347

Retención a cargo del propio sujeto pasivo por la exportación de concentrados y/o elementos metálicos
entre 0 y 10
346
348

Retención a cargo del propio sujeto pasivo por la comercialización de productos forestales

346
349

Pago al exterior - Rentas Inmobiliarias
22
411.422.432
500

Pago al exterior - Beneficios Empresariales
22
411.422.432
501

Pago al exterior - Servicios Empresariales
22
411.422.432
502

Pago al exterior - Navegación Marítima y/o aérea
22
411.422.432
503

Pago al exterior- Dividendos distribuidos a personas naturales
0
405.416
504

Pago al exterior - Dividendos a sociedades

Periodo Agosto 2015 en adelante: De acuerdo a nueva tabla progresiva según resolución NAC-DGERCGC15-00000564
406.417
504A

Pago al exterior - Anticipo dividendos (excepto paraísos fiscales o de régimen de menor imposición)
22
404.415
504B

Pago al exterior - Dividendos anticipados préstamos accionistas, beneficiarios o partìcipes (paraísos fiscales o regímenes de menor imposición)
22
404.415
504C

Pago al exterior - Dividendos a fideicomisos

Periodo Agosto 2015 en adelante: De acuerdo a nueva tabla progresiva según resolución NAC-DGERCGC15-00000564 
0
407.418
504D

Pago al exterior - Dividendos a sociedades  (paraísos fiscales)
0
427
504F

Pago al exterior - Anticipo dividendos  (paraísos fiscales)
0
425
504G

Pago al exterior - Dividendos a fideicomisos  (paraísos fiscales)
13
428
504H

Pago al exterior - Rendimientos financieros
22
411.422.432
505

Pago al exterior – Intereses de créditos de Instituciones Financieras del exterior
22
411.422.432
505A

Pago al exterior – Intereses de créditos de gobierno a gobierno
22
411.422.432
505B

Pago al exterior – Intereses de créditos de organismos multilaterales
22
411.422.432
505C

Pago al exterior - Intereses por financiamiento de proveedores externos
22
411.422.432
505D

Pago al exterior - Intereses de otros créditos externos
22
411.422.432
505E

Pago al exterior - Otros Intereses y Rendimientos Financieros
22
411.422.432
505F

Pago al exterior - Cánones, derechos de autor,  marcas, patentes y similares
22
411.422.432
509

Pago al exterior - Regalías por concepto de franquicias
22
411.422.432
509A

Pago al exterior - Ganancias de capital
22
411.422.432
510

Pago al exterior - Servicios profesionales independientes
22
411.422.432
511

Pago al exterior - Servicios profesionales dependientes
22
411.422.432
512

Pago al exterior - Artistas
22
411.422.432
513

Pago al exterior - Deportistas
22
411.422.432
513A

Pago al exterior - Participación de consejeros
22
411.422.432
514

Pago al exterior - Entretenimiento Público
22
411.422.432
515

Pago al exterior - Pensiones
22
411.422.432
516

Pago al exterior - Reembolso de Gastos
22
411.422.432
517

Pago al exterior - Funciones Públicas
22
411.422.432
518

Pago al exterior - Estudiantes
22
411.422.432
519

Pago al exterior - Otros conceptos de ingresos gravados
22
411.422.432
520

Pago al exterior - Pago a proveedores de servicios hoteleros y turísticos en el exterior
22
411.422.432
520A

Pago al exterior - Arrendamientos mercantil internacional
22
411.422.432
520B

Pago al exterior - Comisiones por exportaciones y por promoción de turismo receptivo
22
411.422.432
520D

Pago al exterior - Por las empresas de transporte marítimo o aéreo y por empresas pesqueras de alta mar, por su actividad.
22
411.422.432
520E

Pago al exterior - Por las agencias internacionales de prensa
22
411.422.432
520F

Pago al exterior - Contratos de fletamento de naves para empresas de transporte aéreo o marítimo internacional
22
411.422.432
520G

Pago al exterior - Enajenación de derechos representativos de capital y otros derechos
5
408.419.429
521

Pago al exterior - Servicios técnicos, administrativos o de consultoría y regalías con convenio de doble tributación
22
410
522A

Pago al exterior - Seguros y reaseguros (primas y cesiones)  con convenio de doble tributación
22
409
523A

Pago al exterior - Otros pagos al exterior no sujetos a retención
22
412.423.433
524

Pago al exterior - Donaciones en dinero -Impuesto a la donaciones
hasta 100% (Vigente a partir del período julio 2016)
411.422.432
525









Modificaciones vigentes desde el 01/10/2014 según Resolución NAC-DGERCGC14-00787 publicada 3SRO 346 de 2 de octubre del 2014 , Resolución NAC-DGERCGC15-00000120  publicada S.R.O. 444 de   24/02/2015 y Resolución NAC-DGERCGC15-00000145 publicada S.R.O. 448 de  28/02/2015


CONSIDERAR:









El monto mínimo para efectuar retenciones es de $50. De realizarse pagos a proveedores permanentes se efectuará la retención sin importar el monto (por permanente entiéndase dos o más compras en un mismo mes calendario).

El comprobante de retención deberá ser entregado en un plazo de cinco días hábiles a partir de la emisión del comprobante de venta.

No están sujetos a retención en la fuente del impuesto a la renta:

Instituciones y Empresas del Sector Público, incluido el BID, CAF, CFN, ONU y Bco. Mundial.

Instituciones de educación superior (legalmente reconocidas por el CONESUP).

Instituciones sin fines de lucro (legalmente constituidas).

Los pagos por venta de bienes obtenidos de la explotación directa de la agricultura, acuacultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca siempre que no se modifique su estado natural.

Misiones diplomáticas de países extranjeros.

Pagos por concepto de reembolso de gastos, compra venta de divisas, transporte público de personas, ni en la compra de inmuebles o de combustibles.

Los obtenidos por trabajadores por concepto de bonificación de desahucio e indemnización por despido intempestivo, en la parte que no exceda lo determinado por el Código Tributario.

Los obtenidos por concepto de las décima tercera y décima cuarta remuneraciones.

Los obtenidos por concepto de becas para el financiamiento de estudios, especialización o capacitación.

Los pagos con convenio de Débito o Recaudación:  se registrara el porcentaje de retención de acuerdo a la naturaleza de la transacción.

* Para las transacciones efectuadas en el exterior se deberá considerar:  si existe convenio de doble tributación, sin convenio de doble tributación o a paraísos fiscales o regímenes fiscales preferentes, por esta razón el porcentaje está abierto del 0 al 22% de acuerdo a la naturaleza de la transacción.

324 , incluso cuando el BCE actúe como intermediario.

** Desde enero del 2016 excepto Compra de bienes de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícula, bioacuático, y forestal

323 E2 Desde mayo inclusive rendimientos financieros de sociedades

* Para pagos a no residentes la tarifa general de retención prevista en la Ley es del 22%, tratándose de pagos a personas residentes o establecidas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición la tarifa es del 35%. En los casos en que por disposición legal o por aplicación de un convenio para evitar doble imposición se hubiese aplicado una tarifa diferente se deberá registrar dicha tarifa en el anexo.


*1 CONSULTE MAYOR INFORMACION www.sri.gob.ec  los casos en los que las asociaciones RISE deben retener.