octubre 04, 2011

PYMES

¿Qué es pymes?

Son las unidades productivas individuales o asociadas que se encuentran en los parámetros descritos a continuación y que al menos cumplan dos de los tres parámetros establecidos en cada una de las categorías detallada:

MICROEMPRESAS

Aquella que tenga entre 1 a 9 trabajadores, un valor de ventas o ingresos brutos anuales inferiores a cien mil dólares de los Estados Unidos de América o un volumen de activos de hasta cien mil dólares.

 

PEQUEÑA EMPRESA

Aquella que tenga entre 10 a 49 trabajadores, un valor de ventas o ingresos brutos anuales entre cien mil y un millón de dólares de los Estados Unidos de América o un volumen de activos entre cien mil uno y setecientos cincuenta mil dólares.

 

MEDIANA EMPRESA

Aquella que tenga entre 50 a 199 trabajadores, un valor de ventas o ingresos brutos anuales entre un millón uno y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América o un volumen de activos entre setecientos cincuenta mil uno y cuatro millones de dólares.

 

http://www.producepyme.ec/

octubre 03, 2011

RESOLUCION DE LA SUPERCIAS SOBRE LAS NIIFS

RESOLUCION No. 08.G.DSC

.............................
RESUELVE:


ARTÍCULO PRIMERO: Establecer el siguiente cronograma de aplicación obligatoria de las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF” por parte de las compañías y entes sujetos al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías:


1) Aplicarán a partir del 1 de enero del 2010: Las Compañías y los entes sujetos y regulados por la Ley de Mercado de Valores, así como todas las compañías que ejercen actividades de auditoría externa.  Se establece el año 2009 como período de transición; para tal efecto, este grupo de compañías y entidades deberán elaborar y presentar sus estados financieros comparativos con observancia de las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF” a partir del ejercicio económico del año 2009.


2) Aplicarán a partir del 1 de enero del 2011: Las compañías que tengan activos totales iguales o superiores a US$ 4’000.000,00 al 31 de diciembre del 2007; las compañías Holding o tenedoras de acciones, que voluntariamente hubieren conformado grupos empresariales; las compañías de economía mixta y las que bajo la forma jurídica de sociedades constituya el Estado y Entidades del Sector Público; las sucursales de compañías extranjeras u otras empresas extranjeras estatales, paraestatales, privadas o mixtas, organizadas como personas jurídicas y las asociaciones que éstas formen y que ejerzan sus actividades en el Ecuador. Se establece el año 2010 como período de transición; para tal efecto, este grupo de compañías y entidades deberán elaborar y presentar sus estados financieros comparativos con observancia de las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF” a partir del ejercicio económico del año 2010.


3) Aplicarán a partir del 1 de enero de 2012: Las demás compañías no consideradas en los dos grupos anteriores.  Se establece el año 2011 como período de transición; para tal efecto este grupo de compañías deberán elaborar y presentar sus estados financieros comparativos con observancia de las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF”, a partir del año 2011.

ARTICULO SEGUNDO: Como parte del proceso de transición, las compañías que conforman los grupos determinados en los numerales 1), 2) y 3) del Artículo Primero elaborarán obligatoriamente hasta marzo del 2009, marzo del 20010 y marzo del 2011, en su orden, un cronograma de implementación de dicha disposición, el cual tendrá, al menos, lo siguiente:


• Un plan de capacitación
• El respectivo plan de implementación
• La fecha del diagnóstico de los principales impactos en la empresa.


Esta información deberá ser aprobada por la junta general de socios o accionistas, o por el organismo que estatutariamente esté facultado para tales efectos; o, por el apoderado en caso de entes extranjeros que ejerzan actividades en el país.


Adicionalmente, estas empresas elaborarán, para sus respectivos períodos de transición, lo siguiente:


(a) Conciliaciones del patrimonio neto reportado bajo NEC al patrimonio bajo NIIF, al 1 de enero y al 31 de diciembre de los períodos de transición.
(b) Conciliaciones del estado de resultados del 2009, 2010 y 2011, según el caso, bajo NEC al estado de resultados bajo NIIF.
(c) Explicar cualquier ajuste material si lo hubiere al estado de flujos efectivo del 2009, 2010 y 2011, según el caso, previamente presentado bajo NEC.


Las conciliaciones se efectuarán con suficiente detalle para permitir a los usuarios (accionistas, proveedores, entidades de control, etc.) la comprensión de los ajustes significativos realizados en el balance y en el estado de resultados. La conciliación del patrimonio neto al inicio de cada período de transición, deberá ser aprobada por el directorio o por el organismo que estatutariamente esté facultado para tales efectos, hasta el 30 de septiembre del 2009, 2010 o 2011, según corresponda, y ratificada por la junta general de socios o accionistas, o por el apoderado en caso de entes extranjeros que ejerzan actividades en el país, cuando conozca y apruebe los primeros estados financieros del ejercicio bajo NIIF.


Los ajustes efectuados al término del período de transición, al 31 de diciembre del 2009, 2010 y 2011, según el caso, deberán contabilizarse el 1 de enero del 2010, 2011 y 2012, respectivamente.


ARTICULO TERCERO: La Superintendencia de Compañías ejercerá los controles correspondientes para verificar el cumplimiento de estas obligaciones, sin perjuicio de cualquier control adicional orientado a comprobar el avance del proceso de adopción.

ARTICULO CUARTO: Sin perjuicio de los plazos señalados en los artículos  que anteceden, cualquier compañía queda en libertad de adoptar anticipadamente la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF” antes de las fechas previstas, para lo cual deberá notificar a la Superintendencia de Compañías de este hecho.


ARTICULO QUINTO: Dejar sin efecto el Artículo Tercero de la Resolución No. 06.Q.ICI.004 de 21 de agosto del 2006, publicada en el Registro Oficial No. 348 de 4 de septiembre del mismo año.


ARTICULO SEXTO: Establecer que las Normas Ecuatorianas de Contabilidad “NEC”, de la 1 a la 15 y de la 18 a la 27, se mantendrán vigentes hasta el 31 de diciembre del 2009, hasta el 31 de diciembre del 2010 y hasta el 31 de diciembre del 2011 para las compañías y entes mencionados en los numerales 1), 2) y 3) del Artículo Primero de esta Resolución, respectivamente.


ARTICULO SEPTIMO: Publicar esta Resolución en el Registro Oficial.

Dada y firmada en la ciudad de Quito, el 20 de Noviembre de 2008


Ab. Pedro Solines Chacón
SUPERINTENDENTE DE COMPAÑIA

REQUISITOS PARA OBTENER EL RUC

PERSONAS NATURALES
REQUISITOS GENERALES
Si su trámite es personal debe presentar:
Identificación del contribuyente, dependiendo del caso:
Si usted es Ecuatoriano o Extranjero Residente: Original y copia a color de la cédula vigente.
Si usted es Extranjero no residente: Original y copia a color del pasaporte (con hojas de identificación) y tipo de visa (excepto la tipo 12-X de transeúntes); tanto pasaporte como visa deben encontrarse vigentes.  Si usted es refugiado: original y copia a color de la credencial de refugiado.
Solo ecuatorianos: Original del certificado de votación.  Se aceptan los certificados emitidos en el exterior.  En caso de ausencia del país se presentará el Certificado de no presentación emitido por la Consejo Nacional Electoral o Provincial.
Original y copia de cualquiera de los siguientes documentos que indique la dirección del lugar en el que realizará la actividad, pueden estar o no a su nombre:
Planilla de servicios básicos (agua, luz o teléfono).  Debe corresponder a uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de inscripción. En caso de que las planillas de servicios básicos sean emitidas de manera acumulada y la última emitida no se encuentra vigente a la fecha, se adjuntará también un comprobante de pago de cualquiera de los últimos tres meses. 
Estado de cuenta bancario o de tarjeta de crédito o de telefonía celular a su nombre. Debe corresponder a uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de inscripción.
Factura por el servicio de televisión pagada o de Internet  a su nombre. Debe corresponder a uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de inscripción.
Cualquier documento emitido por una institución pública que detalle la dirección exacta del contribuyente por ejemplo: permiso anual de funcionamiento, el mismo que debe corresponder al año en el que se realiza la inscripción o del inmediatamente anterior. Para aquellos documentos cuyo plazo de vigencia no sea de un año,  deben corresponder a uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de inscripción.
Contrato de arrendamiento.
Escritura de propiedad o de compra venta del inmueble, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad, o certificado del registrador de la propiedad el mismo que tendrá vigencia de 3 meses desde la fecha de emisión.
Original y copia de la Contrato de Concesión Comercial o Contrato en Comodato.
Certificación de la Junta Parroquial más cercana al lugar del domicilio, solo en caso de que el predio no esté catastrado.
REQUISITOS ADICIONALES, QUE SE PRESENTARAN SI USTED CUMPLE CON ALGUNO DE LOS SIGUIENTES CASOS:
Si usted realiza actividades relacionadas a:
Deberá presentar adicionalmente original y copia de:
Artesanos
Calificación artesanal vigente emitida por el organismo competente: Junta Nacional del Artesano o MIPRO.
Contadores
Título o carnet del colegio profesional respectivo.  Si trabaja en relación de dependencia deberá presentar adicionalmente una certificación del empleador o la acción de personal administrativa APA (nombramiento).  La certificación que indique que el contador se encuentre bajo relación de dependencia puede estar suscrita por el Representante Legal o por el responsable de Recursos Humanos.
Diplomáticos
Credencial de agente diplomático.
Profesionales
Título universitario avalado por el SENESCYT o carnet otorgado por el respectivo colegio profesional. Si en la cédula del contribuyente consta el título profesional, ya no será necesario presentar este documento.
Actividades educativas
Acuerdo ministerial para el funcionamiento de jardines de infantes, escuelas y colegios.
Menores no emancipados
Original y copia a color del documento de identificación vigente del representante del menor (padre o madre) quien solicitará el respectivo trámite.  El documento de identificación podrá ser cédula, pasaporte o carnet de refugiado, según corresponda.
Menores emancipados
Escritura pública en caso de emancipación voluntaria; o Sentencia judicial emitida por el Juez competente; o Acta de matrimonio en caso de que en la cédula no conste el estado civil.
Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles
Nombramiento otorgado por el Consejo Nacional de Judicatura

septiembre 23, 2011

TIPOS DE CONTABILIDAD

La contabilidad es única en sus principios y múltiples en sus aplicaciones. En la actualidad se determinan campos especializados en esta área, de acuerdo con el objetivo que cumplen en cada caso; de tal manera que podemos hablar de contabilidad general, bancaria, gubernamental, de costos, etc., las cuales están destinadas a proporcionar información tanto a terceras personas relacionadas con la empresa (SRI, Superintendencia de Compañías, etc.), como a su administración para la toma de decisiones.




Contabilidad comercial o general


Es aquella que se utiliza en los negocios de compra y venta de mercaderías y servicios no financieros. Ejemplos: Almacenes de electrodomésticos, de calzado, de vestido, empresas de transporte, de seguridad y vigilancia, etc.


Contabilidad de costos


Se aplica especialmente en empresas manufactureras, mineras, agrícolas y pecuarias- Ejemplos: fábricas y talleres; pero se puede usar también en empresas se servicios especializados o específicos. Ejemplos. Hospitales, eléctricas y telefonías.


Contabilidad Gubernamental


Se aplica en las empresas y organismos del Estado. Ejemplos: Ministerios, universidades estatales, etc.


Contabilidad Bancario o Financiera


Este tipo de contabilidad se utiliza en las entidades financieras para registrar depósitos en cuentas corrientes y de ahorro, liquidación de intereses, comisiones, carteras de crédito, remesas, giros y otros servicios bancarios. Ejemplos: bancos, administradoras de fondos, casas de cambio, cooperativas de ahorro y crédito, mutualistas, etc.

LOS ESTADOS FINANCIEROS

Los estados financieros son informes que se elaboran al finalizar de un periodo contable, con el objeto de proporcionar información sobre la situación económica y financiera de la empresa.


Esta información permite examinar los resultados obtenidos y evaluar el potencial económico de la entidad.




El ciclo contable se realiza actualmente de manera sencilla y segura con la ayuda de computadoras que por medio de sistemas contables, procesa la información automáticamente; es decir, el contador sólo tiene que definir las partidas afectadas y digitar los valores que correspondan a las cuentas, y los sistemas contables se encargara de mayorizar, emitir balances de comprobación y los estados financieros.


Esta fabulosa ayuda, que simplifica tareas y reduce significativamente el tiempo de proceso, debe ser aprovechada por el contador quien, en compensación, pondrá toda su atención en los ajustes contables, en otras palabras en depurar y analizar los saldos de las cuentas, a tal punto que éstas puedan:


a) Presentar razonablemente la situación económica y financiera
b) Ser verificables y comparables desde cualquier punto de vista y prueba.


Cuando se tenga absoluta seguridad de que la información ingresada sea correcta, entonces se procede a preparar los informes financieros más conocido como estados financieros.


Tanto la administración de la empresa como el público en general están interesados en conocer las fortalezas y debilidades financieras de una empresa en conjunto, o sobre una sección del negocio en particular; para esto deberá analizar y estudiar los estados financieros mediante los métodos de análisis que miden, comparan y ponderan hechos.


Los principales estados financieros tienen como objetivo informar sobre la situación financiera de la empresa a una fecha determinada, sobre los resultados de sus operaciones y el flujo del efectivo.


¿Para qué sirve los servicios financieros?


Los estados financieros sirve para:


a) Tomar decisiones de inversión y crédito.
b) Formularse unos juicios sobre los estados financieros de la administración, en cuanto a la rentabilidad, solvencia, generación de fondos y capacidad de desarrollo empresarial.
c) Evaluar la gestión gerencial, la solvencia y le liquidez de la empresa, así como capacidad para generar fondos.
d) Conocer el origen y las características de los recursos, para estimar la capacidad financiera de crecimiento.


Clases de estados financieros:



Los estados financieros se clasifican en dos grupos:


1. Que miden la situación económica


Estado de Resultados o más conocido como Pérdidas y ganancias


2. Que miden la situación financiera


Balance general o estado de situación financiera.
Estado de flujo de efectivo
Estado de evolución del patrimonio.


3. Que dan detalles o aclaraciones del proceso:


Las Notas Explicativas (revelaciones)




Cfr.http://www.auditoresycontadores.com

ENCUESTA PARA PYMES

ACTIVIDADES EN CONTABILIDAD GENERAL:

OBLIGACIONES FISCALES Y MUNICIPALES:
·         Declaraciones del IVA.
·         Declaraciones de Retenciones en la Fuente.
·         Declaración del impuesto a la renta.
·         Anexos Transaccionales.
·         Anexo RDEP.
·         107 para trabajadores.
·         Declaración del 1 por mil.
·         Patentes y permisos.

OBLIGACIONES LABORALES:
·         Roles de Pago.
·         Presentación de formularios de pago al Ministerio de Relaciones Laborales.
·         Nóminas.
·         Elaboración de contratos.
·         Entradas y salidas del IESS.

OBLIGACIONES CON LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS
·         Implementación de NIIF´s para Pymes.
·         Presentación de estados financieros según NIIF Pymes.

OBLIGACIONES CONTABLES:
·         Presentación de Estados Financieros:
o   Balance General
o   Estado de Resultados
o   Estados de Flujos del Efectivo.
o   Estados de evolución del Patrimonio.
o   Notas Explicativas
·         Estados de Costos de Producción (procesos)
·         Presentación de Balances de Comprobación.
·         Control Interno:
o   Registros de Ingresos, Egresos y Diarios.
o   Conciliaciones Bancarias.
o   Arqueos de Caja.
o   Facturación
o   Control Clientes y Proveedores.
o   Control de Ejecución presupuestaria.
·         Planificación Financiera Anual:
o   Elaboración de presupuesto anual.
o   Flujo de Caja.