abril 30, 2012

CREDITO TRIBUTARIO PARCIAL

El crédito tributario se define como la diferencia entre el IVA cobrado en ventas menos el IVA pagado en compras. En aquellos casos en los que la declaración arroje saldo a favor (el IVA en compras es mayor al IVA en ventas), dicho saldo será considerado crédito tributario, que se hará efectivo en la declaración del mes siguiente.

Si ud. comercializa producto 100% gravados con tarifa 12% tendrá crédito tributario total, si comercializa productos con tarifa 12% y 0% entonces estamos hablando de un crédito tributario parcial.

Para aplicar el credito tributario parcial Ud. puede considerar lo siguiente:

1. Por la parte proporcional del IVA pagado en la adquisición local o importación de bienes que pasen a formar parte del activo fijo.

2. Por la parte proporcional del IVA pagado en la adquisición de bienes, de materias primas, insumos y por la utilización de servicios.

3. La proporción del IVA pagado en compras de bienes o servicios susceptibles de ser utilizado mensualmente como crédito tributario se establecerá relacionando las ventas gravadas con tarifa 12%, más las exportaciones, más las ventas de paquetes de turismo receptivo, facturadas dentro o fuera del país, brindados a personas naturales no residentes en el Ecuador, más las ventas directas de bienes y servicios gravados con tarifa cero por ciento de IVA a exportadores con el total de las ventas.

Ejemplo:

Ventas con tarifa 12% $ 20.000,00         Compras con tarifa 12% $ 30.000,00
Ventas con tarifa 0%   $ 10.000,00         Compras con tarifa 0%   $   5.000,00
Total Ventas              $ 30.000,00

para determinar el credito tributario ud. deberá determinar el factor de proporcionalidad de la siguiente manera:

Ventas con Tarifa 12%       20.000,00   su factor de proporcionalidad es: 0.6667
Total Ventas                     30.000,00

Entonces del IVA  en compras (30.000,00 X 12%) $ 3.600,00 solo podrá usar la 0.6667 parte, esto quiere decir que multiplicaremos $3.600,00 X 0.6667=  $ 2.400,12

                        IVA en Ventas       2.400,00  
                 ( - ) IVA en Compras     2.400,12 
                ( = ) Credito Tributario         0,12

Es así como ud. deberá tener en cuenta en sus declaraciones mensuales del IVA.  Si su declaración la realiza por Internet, con el DIMM formularios éste valor se calculará automaticamente.