abril 30, 2012

RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IVA

Los Agentes de Retención son aquellos quienes retendrán del valor total de IVA facturado los siguientes porcentajes de acuerdo al caso:

a) 30% en las transferencias de bienes de naturaleza corporal
b) 70% en los servicios
c) 100% en caso de emisión de Liquidación en compra de bienes o servicios, en servicios profesionales, en arriendo de bienes inmuebles.

Éstos valores retenidos se declararán y pagarán el impuesto retenido mensualmente y entregarán a los establecimientos afiliados el correspondiente comprobante de retención del impuesto, el que le servirá como crédito tributario en las declaraciones del mes que corresponda.

Además debe recordar que están exentas de retención

a) Las compañías de aviación y agencias de viaje, en la venta de pasajes aéreos
b) Los centros de distribución, comercializadoras, distribuidores finales y estaciones de servicio que comercialicen combustible, únicamente cuando se refiera a combustible derivado del petróleo.

Para operaciones mixtas en las que se incluyan bienes y servicios un agente de retención deberá detallar en el comprobante de retención de forma separada los porcentajes de retención distintos. En caso de no encontrarse separados dichos valores, se aplicará la retención del 70% sobre el total de la compra.

Las Retenciones del IVA se aplicarán de acuerdo a la siguiente jerarquía


Las retenciones se aplican de arriba para abajo, quienes se encuentran en el mismo nivel no aplican.

Ejemplo: si una persona obligada a llevar contabilidad hace una compra a un contribuyente especial no aplicará retenciones del IVA.